La Ley para la Optimización de la Administración Pública (2013) en su Artículo 29 define como competencias para la Secretaría de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional “lo concerniente a la formulación, coordinación, ejecución y evaluación de la política exterior y las relaciones con otros Estados, la conducción de la representación de Honduras en las organizaciones y foros internacionales, la rectoría y la administración de los servicios diplomático y consular, la defensa internacional de nuestra soberanía y fronteras, la protección de los hondureños en el exterior; la protección de los intereses del Estado hondureño frente a demandas, arbitrajes u otras acciones que los amenacen; las relaciones económicas, políticas, culturales, de las inversiones, exportaciones, turismos, imagen de país, y de cooperación internacional.
A partir de este mandato, se crea la Subsecretaría de Cooperación y Promoción Internacional, desprendiéndose de su estructura organizacional la Dirección General de Cooperación Internacional, creada de conformidad al Decreto Ejecutivo PCM-070-2017, en el que está plasmado su estructura, su reglamento de organización, Funcionamiento y competencias